El Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC) aplicará sanciones que van desde una amonestación por escrito hasta la revocación definitiva del permiso a comerciantes que incumplan el nuevo reglamento para locales y espacios comerciales dentro de su red. Las multas podrán ir de cinco a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), un máximo equivalente a 23 mil 462 pesos con el valor vigente en 2026.
Las disposiciones, difundidas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, alcanzan a comerciantes y vendedores que operan puestos semifijos, locales y espacios asignados en pasillos, estaciones y zonas de transbordo de las 12 líneas del Metro CDMX. El reglamento busca establecer condiciones de operación, imagen, seguridad, pagos e higiene en las instalaciones.

Entre las sanciones previstas están la amonestación por escrito, la multa administrativa, la suspensión temporal de actividades, la clausura del espacio comercial y la revocación definitiva del permiso y del lugar de venta. La medida aplicable dependerá de la gravedad del incumplimiento, según el apartado sobre medidas cautelares, seguridad, sanciones y revocaciones.
El artículo 114 del reglamento establece que las multas se impondrán en UMA vigentes, en un rango de cinco a 200, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera corresponder. Para 2026, cada UMA tiene un valor de 117.31 pesos; por ello, la sanción económica más alta contemplada asciende a 23 mil 462 pesos.
Prohibidos gritos y aparatos de sonido
Una de las obligaciones con mayor visibilidad para los usuarios es la prohibición de emplear bocinas, radios, altavoces, aparatos de sonido o gritos para promover productos y servicios. El documento impide cualquier forma similar de llamar la atención que genere contaminación auditiva o ruido alto dentro y fuera de las estaciones que forman parte de la red.
El nuevo reglamento también ordena que todo el personal comerciante use en todo momento el uniforme autorizado por el Sistema. La prenda deberá estar respaldada por un oficio emitido por la subgerencia correspondiente, en el que consten el número de PATR y el nombre de identificación de la persona física o moral responsable del espacio comercial.
Además de las reglas sobre ruido y uniforme, los comerciantes tienen prohibido vender o exhibir pornografía, productos ilegales, artículos destinados al consumo de drogas y mercancía que infrinja derechos de autor. Tampoco podrán portar armas ni utilizar perros de guardia, salvo durante traslados autorizados de valores.
Las normas también impiden que los establecimientos empleen a personal de limpieza del STC para atender sus locales. Con estas disposiciones, el Metro fija requisitos para la operación de los espacios comerciales y define las medidas que podrá aplicar ante incumplimientos detectados dentro de sus instalaciones.
