La prórroga del Impuesto sobre Circulación de Vehículos ya está en vigor en Guatemala y extiende hasta el último día hábil de diciembre de 2026 el plazo para pagar sin recargos. La medida, oficializada con la publicación del Decreto 19-2026 en el Diario de Centro América, busca dar margen a los contribuyentes que no cumplieron antes del 31 de julio y aliviar la presión económica que, según los diputados, han generado el alza de los combustibles y de la canasta básica.
El cambio fue aprobado por el Congreso de la República como una medida de urgencia nacional, en un solo debate, con 130 votos a favor, tres en contra y 27 ausencias. El decreto fue firmado por el presidente Bernardo Arévalo, el ministro de Finanzas Públicas Jonathan Menkos y el secretario general de la Presidencia Juan Gerardo Guerrero. Su entrada en vigor quedó fijada para el 12 de agosto, aunque la exoneración de multas, mora e intereses rige desde el 1 de agosto hasta ese momento.

Qué cambia para los propietarios
La ampliación beneficia sobre todo a quienes aún no habían realizado el trámite al cierre del plazo ordinario. Esos contribuyentes podrán regularizar el impuesto hasta diciembre de 2026 sin que se les cobren los recargos derivados del atraso durante el período cubierto por la ley temporal. Pasada esa fecha, volverán a aplicarse las disposiciones habituales de la normativa tributaria.
Para completar el proceso, los propietarios deben ingresar al portal de la Superintendencia de Administración Tributaria, verificar el monto correspondiente y efectuar el pago. Tras ello, podrán actualizar la tarjeta de circulación, documento que acredita el cumplimiento anual de esta obligación. La ley también mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 la tarjeta y la calcomanía correspondientes a 2025.
Un alivio fiscal con alcance limitado
La decisión legislativa llega cuando la SAT reportaba que, al 3 de agosto, 5,37 millones de vehículos ya habían pagado el impuesto, equivalentes al 81% del parque sujeto al cobro. Todavía permanecían en mora 1,40 millones de unidades, un 19% del total. En términos de recaudación, el acumulado alcanzaba Q. 1.271,47 millones, cerca del 85% de una meta anual fijada en Q. 1.495,13 millones.
Los datos muestran que la prórroga no altera la obligación tributaria de fondo, pero sí redistribuye el calendario de pago para una porción relevante de contribuyentes. En un país donde el parque vehicular supera los 6,67 millones de unidades, el incentivo no es menor: 3,4 millones son motocicletas, 2,84 millones vehículos particulares y 429.379 comerciales, además de 110 mil inactivos. La extensión ofrece liquidez temporal a los hogares, aunque también posterga parte del ingreso fiscal esperado por el Estado.
Controles y vigencia administrativa
La modificación también impacta los operativos en la vía pública. El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil no verificará el pago del impuesto durante sus controles ni impondrá sanciones por ese incumplimiento mientras dure la prórroga. La Policía Municipal de Tránsito, por su parte, adelantó que no realizará operativos relacionados con esa verificación hasta 2027. Aun así, sigue siendo obligatorio portar licencia de conducir, tarjeta de circulación y calcomanía en vehículos y motocicletas.
El alcance de la medida apunta más a ordenar el cumplimiento que a perdonar la obligación. El Congreso optó por una salida temporal para absorber el rezago y aliviar el impacto en un contexto de mayor costo de vida, pero el debate de fondo permanece abierto: cómo sostener la recaudación sin castigar a quienes enfrentan dificultades de pago. La prórroga resuelve el corto plazo; la tensión entre disciplina fiscal y capacidad económica de los contribuyentes seguirá presente cuando el nuevo plazo también venza.
