El SAT podrá negar el RFC por antecedentes fiscales

A partir de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá negar la inscripción de una persona moral en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) si detecta que su representante legal, alguno de sus socios o accionistas, o una persona de su estructura orgánica se encuentra en ciertos supuestos previstos por el Código Fiscal de la Federación y no ha corregido su situación fiscal.

La medida deriva de la reforma publicada el 7 de noviembre de 2025, que adicionó la fracción XIV al apartado C del artículo 27 del Código. La negativa también podrá aplicarse cuando alguna de esas personas forme parte de otra persona moral ubicada en los supuestos señalados y que tampoco haya regularizado su situación fiscal.

El efecto puede alcanzar a una empresa que aún no haya realizado operaciones, emitido comprobantes fiscales, presentado declaraciones o incumplido obligaciones propias. En esos casos, el impedimento no derivaría de actos de la nueva sociedad, sino de la situación fiscal de quienes participan en ella.

La reforma incorpora así la revisión del cumplimiento fiscal de socios, accionistas, representantes legales e integrantes de la estructura orgánica como un elemento relevante antes de constituir una empresa. La finalidad preventiva puede estar relacionada con estructuras utilizadas reiteradamente para evadir obligaciones, pero la disposición también plantea dudas sobre el alcance temporal de sus efectos, los límites de una consecuencia aplicada a una persona distinta y los mecanismos disponibles para que una nueva sociedad demuestre que no participa en las irregularidades atribuidas a uno de sus integrantes.

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