Colombia eleva recargo dominical al 90% desde julio

Desde el 1 de julio de 2026, el recargo por laborar en domingos y festivos en Colombia pasó del 80% al 90%, una medida que forma parte de la implementación gradual de la reforma laboral y que busca mejorar las condiciones de quienes trabajan en días de descanso obligatorio. El cambio afecta directamente a cerca de 962.000 trabajadores, principalmente en sectores como turismo, gastronomía, transporte y alojamiento, donde la operación continua es habitual. Con el salario mínimo actual de 1.750.000 pesos, el valor de una hora ordinaria se sitúa en 7.292 pesos, mientras que la misma hora en domingo o festivo alcanza los 13.855 pesos tras aplicar el recargo del 90%.

El viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo, confirmó que la aplicación es automática y no requiere trámites adicionales por parte de los empleadores. Esta transición responde a la Ley 2101 de 2021, que establece un aumento progresivo del recargo hasta alcanzar el 100% en julio de 2027. La norma también amplía el concepto de “recargo dominical” a “recargo por trabajo en día de descanso obligatorio”, lo que beneficia a quienes tienen su descanso semanal en otro día distinto al domingo por acuerdo con su empleador.

Diferencias entre trabajo ocasional y habitual

La legislación mantiene una distinción importante: quienes laboran hasta dos domingos o festivos al mes pueden elegir entre el recargo económico o un día compensatorio de descanso. En cambio, quienes trabajan tres o más días de este tipo tienen derecho tanto al pago adicional como al descanso compensatorio. Esta diferenciación busca equilibrar la flexibilidad operativa de las empresas con la protección del tiempo libre de los trabajadores.

El ajuste no sustituye el pago de horas extras. Cuando la labor se realiza fuera de la jornada ordinaria en un día de descanso obligatorio, los recargos se acumulan: una hora extra diurna se liquida con el 90% por descanso obligatorio más el 25% adicional, mientras que en horario nocturno se suma también el 75% correspondiente. Esta estructura de pagos incrementa de manera significativa el costo laboral en sectores que operan de forma continua.

Reducción de la jornada laboral a 42 horas

Quince días después del aumento del recargo, el 15 de julio de 2026 entra en vigor otro cambio sustancial: la jornada máxima ordinaria se reduce a 42 horas semanales. Esta reducción es el último paso de un proceso gradual iniciado en 2022, cuando el límite era de 48 horas. Las empresas deben redistribuir los turnos respetando tanto el máximo semanal como el límite diario de ocho horas, y cualquier excedente se considera trabajo suplementario con los recargos correspondientes.

El impacto en los costos laborales es inmediato para actividades que tradicionalmente operaban hasta las 21:00 horas. Sectores como el comercio, la logística, la vigilancia privada y las empresas de BPO con operaciones 24/7 enfrentan mayor presión para revisar sus modelos de turnos y la administración del personal. La transición escalonada prevista en la ley busca dar margen a los empleadores para adaptarse, aunque el aumento simultáneo del recargo y la reducción de jornada exige una planificación cuidadosa de la nómina.

Cambios en la jornada nocturna y el Día de la Familia

Desde diciembre de 2025, la jornada nocturna quedó establecida entre las 19:00 y las 6:00 horas con un recargo del 35%. Esta definición, que se ha modificado varias veces desde 2002, influye directamente en la liquidación de horas trabajadas en domingos y festivos cuando coinciden con el horario nocturno. Además, el beneficio del Día de la Familia deja de ser obligatorio y pasa a ser opcional, promovido a través de las cajas de compensación familiar.

El Ministerio de Trabajo calcula que los principales beneficiados se concentran en actividades donde el trabajo en días de descanso es frecuente. Sin embargo, el aumento de costos también puede traducirse en ajustes de precios o en la reorganización de horarios para minimizar el impacto en las empresas de menor tamaño. La combinación de ambos cambios —recargo más alto y jornada más corta— obliga a las organizaciones a evaluar con precisión sus estructuras operativas para mantener la productividad sin incurrir en sobrecostos innecesarios.

La ruta hacia el recargo del 100% en 2027 indica que estos ajustes no son aislados, sino parte de una transformación más amplia del mercado laboral colombiano. Las empresas que logren anticipar los efectos en sus modelos de turnos y en la distribución de la jornada de 42 horas estarán mejor posicionadas para cumplir con la norma sin afectar su competitividad.

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