La entrada en vigor de la jornada máxima de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026 obliga a recalcular los recargos nocturnos y dominicales sobre una base distinta. Con un salario mínimo de 1.750.905 pesos, el valor de la hora ordinaria pasa de 7.959 a 8.338 pesos, lo que modifica todos los porcentajes adicionales aplicados a trabajo nocturno y festivo. Este ajuste no representa un aumento salarial directo, sino una redistribución del costo horario derivado de la menor cantidad de horas mensuales, que ahora se fijan en 210.
Por qué el recálculo afecta más a las pymes
Las empresas con menos de 50 trabajadores suelen operar con márgenes ajustados y dependen de turnos nocturnos o dominicales para mantener la producción continua. Al elevarse el valor de cada hora extra nocturna a 14.591 pesos y el recargo dominical nocturno a 18.760 pesos, el costo adicional por empleado que trabaje dos noches y un domingo al mes puede superar los 180.000 pesos. Para una microempresa con cinco operarios en rotación, esto representa un incremento anual superior al 4 % de la nómina, cifra que antes no aparecía en los presupuestos porque se calculaba sobre 220 horas mensuales.

El dilema de los trabajadores de turnos rotativos
Quienes laboran en horarios nocturnos habituales ven incrementado el recargo ordinario del 35 % a 11.256 pesos por hora, pero pierden la posibilidad de acumular más horas extras diurnas dentro de la misma semana. Un operario que antes completaba 48 horas semanales ahora debe limitarse a 42; el excedente se convierte en horas extras con recargos más altos, aunque el volumen total de trabajo remunerado disminuye. Esta tensión entre mayor tasa por hora y menor cantidad de horas genera percepciones distintas según el nivel de ingreso y la capacidad de negociación individual.
Perspectiva empresarial frente a la obligación de registro
La norma exige llevar un registro preciso de horas extras y entregarlo al trabajador cuando lo solicite. Para cadenas de supermercados y empresas de logística que operan 24 horas, esto implica invertir en sistemas digitales de control de asistencia que antes no eran prioritarios. Algunas organizaciones ya evalúan trasladar parte de la operación nocturna a plataformas de contratación temporal con tarifas fijas, evitando así el cálculo variable de recargos. El riesgo de litigios por horas no registradas aumenta, especialmente en sectores donde los supervisores aún usan planillas manuales.
Visión de los sindicatos y posibles demandas colectivas
Organizaciones sindicales interpretan la reducción de jornada como un derecho adquirido que no debe traducirse en menor ingreso real. Argumentan que el nuevo valor de la hora debe servir de base para renegociar convenios colectivos vigentes, sobre todo en industrias donde los dominicales representan más del 25 % de la remuneración mensual. Hasta ahora, las primeras quejas se concentran en el sector transporte intermunicipal, donde conductores perciben que el límite de 42 horas semanales reduce sus posibilidades de completar rutas largas sin activar recargos excesivos que las empresas prefieren evitar.
Riesgo de desplazamiento hacia la informalidad
El incremento en el costo de las horas adicionales puede incentivar a algunos empleadores a fragmentar contratos o a contratar personal por prestación de servicios para cubrir picos de demanda nocturna. Aunque la ley prohíbe esta práctica cuando existe subordinación, la fiscalización en municipios intermedios sigue siendo limitada. Datos de la Dirección de Trabajo muestran que en 2025 ya se detectaron 1.200 casos de contratos encubiertos en el comercio minorista; la tendencia podría acelerarse si las empresas perciben que pagar recargos completos erosiona la rentabilidad.
Proyecciones a 2028 y ajustes regulatorios probables
Si la inflación salarial se mantiene cerca del 5 % anual, el valor de la hora ordinaria superaría los 9.200 pesos en 2028, elevando proporcionalmente todos los recargos. El Ministerio de Trabajo anticipa que podría publicar una tabla única actualizada cada seis meses para evitar confusiones. Sin embargo, la ausencia de una herramienta oficial de cálculo en línea genera espacio para interpretaciones divergentes entre empleadores y trabajadores, lo que podría derivar en un aumento de conciliaciones ante inspectorías de trabajo durante los primeros 18 meses de aplicación.
El efecto en sectores con alta rotación nocturna
Call centers, clínicas y empresas de vigilancia enfrentan un escenario particular: el recargo nocturno ordinario ya no se limita a horas extras, sino que aplica a toda la jornada dentro de la franja de 19:00 a 6:00. Esto eleva el costo base de operación nocturna en aproximadamente 12 % respecto al esquema anterior. Algunas clínicas ya estudian concentrar procedimientos electivos en horario diurno y reducir personal nocturno, decisión que podría afectar la disponibilidad de camas de observación en ciudades intermedias donde la demanda nocturna es constante.
