Jornada laboral y salario mínimo: cambios previstos para 2027

A partir del 1 de enero de 2027 comenzará una nueva etapa de la reforma laboral que busca reducir gradualmente la jornada máxima semanal en México hasta llevarla a 40 horas en 2030. El primer ajuste será de dos horas: el límite pasará de 48 a 46 horas por semana. La modificación no implicará, por sí misma, una reducción del salario ni de las prestaciones de las personas trabajadoras.

La transición se aplicará de forma escalonada. En 2028 la jornada máxima será de 44 horas semanales; en 2029 disminuirá a 42 y, finalmente, en 2030 llegará a 40 horas. El calendario pretende dar tiempo a las empresas para reorganizar turnos, horarios y procesos productivos, aunque sus efectos concretos dependerán del tipo de actividad, la distribución de los días laborales y los acuerdos establecidos en cada centro de trabajo.

Menos horas ordinarias, sin recorte salarial

Uno de los principios centrales de la reforma es que la reducción de la jornada no podrá utilizarse para disminuir sueldos, salarios o prestaciones. En términos prácticos, una persona que conserve el mismo puesto y remuneración no debería recibir menos dinero por trabajar menos horas ordinarias dentro del nuevo límite legal.

La disposición busca evitar que el ajuste se traduzca en una pérdida directa de ingresos. También establece una diferencia importante entre el tiempo máximo permitido y la forma en que cada empresa organiza su operación: reducir el límite semanal no necesariamente significa que todos los trabajadores tendrán el mismo horario diario ni que todos los sectores aplicarán el cambio de la misma manera.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha señalado que el objetivo es disminuir el tiempo de trabajo sin afectar los ingresos. La presidenta Claudia Sheinbaum ha sostenido que la medida puede favorecer una mejor distribución entre empleo, descanso y vida personal, además de generar mejoras de productividad en determinadas actividades. El impacto, sin embargo, dependerá de que la reorganización de horarios no termine trasladando una mayor carga de trabajo a los mismos periodos ni provocando un uso excesivo de horas extraordinarias.

El salario mínimo de 2027 aún no está definido

La reducción de la jornada y el aumento del salario mínimo son medidas distintas. Aunque ambas forman parte de la agenda de cambios laborales, una no determina automáticamente el monto de la otra. El salario mínimo que estará vigente en 2027 todavía no ha sido fijado oficialmente, por lo que no es posible establecer de manera definitiva cuánto aumentará el pago diario o mensual a partir de enero.

Para 2026, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos estableció un salario mínimo general de 315.04 pesos diarios, equivalente a 9 mil 582.47 pesos mensuales. En la Zona Libre de la Frontera Norte, el monto quedó en 440.87 pesos diarios, lo que representa 13 mil 409.80 pesos mensuales.

Estas cantidades sirven como referencia del piso legal vigente durante 2026, pero no permiten anticipar el salario mínimo del siguiente año. El nuevo monto deberá ser determinado posteriormente por las autoridades competentes. Por ello, cualquier cálculo sobre el ingreso de 2027 que no distinga entre la reforma de jornada y la decisión salarial podría generar confusión entre trabajadores y empleadores.

Las horas extra comenzarán después de la hora 46

Durante 2027, la jornada ordinaria tendrá como límite 46 horas semanales. En consecuencia, las horas adicionales comenzarán a contabilizarse a partir de la hora 47 y deberán pagarse conforme a las reglas previstas en la Ley Federal del Trabajo.

El régimen transitorio también establece límites específicos para el trabajo extraordinario. En 2027 podrán realizarse hasta nueve horas extra por semana. Ese tope aumentará gradualmente en los años siguientes hasta llegar a 12 horas en 2030, cuando la jornada ordinaria ya sea de 40 horas semanales.

La diferencia entre jornada ordinaria y tiempo extraordinario será relevante para el cálculo de la nómina. Una empresa que mantenga sus actuales necesidades operativas no debería compensar automáticamente la reducción del límite ordinario con horas extra permanentes. Además del costo adicional, la utilización recurrente de tiempo extraordinario tendría que sujetarse a los límites y controles establecidos por la legislación laboral.

Registro electrónico y protección para menores

La reforma contempla un registro electrónico de la jornada laboral. La medida busca facilitar la supervisión de las horas efectivamente trabajadas y comprobar que las horas extraordinarias sean reconocidas y pagadas correctamente. Su importancia será mayor en actividades con turnos variables, esquemas híbridos o controles de asistencia que hasta ahora dependían de registros manuales.

La regulación mantiene una protección especial para las personas menores de edad, quienes no podrán realizar horas extraordinarias bajo el nuevo esquema. Esta restricción se suma a las disposiciones laborales que limitan el tipo de actividades, horarios y condiciones en que pueden trabajar los adolescentes.

Un calendario que terminará en 2030

El calendario oficial de reducción queda establecido de la siguiente manera: en 2026 se mantiene una jornada de 48 horas semanales; en 2027 será de 46; en 2028, de 44; en 2029, de 42, y en 2030 alcanzará las 40 horas. El cambio beneficiará, de acuerdo con datos oficiales, a más de 13.4 millones de personas trabajadoras que laboran 48 horas o más.

El reto principal será convertir el límite legal en una práctica verificable. Para los trabajadores, será importante revisar recibos de nómina, horarios y registros de asistencia, especialmente si el salario o las prestaciones presentan modificaciones. Para las empresas, la adaptación exigirá evaluar turnos, cobertura, productividad y cumplimiento de las reglas sobre horas extra. La fecha de entrada en vigor de cada etapa será clara, pero la forma de aplicarla puede variar según el sector y la organización del trabajo.

En 2027, por tanto, el cambio confirmado será la reducción de la jornada máxima a 46 horas semanales, sin disminución salarial derivada de ese ajuste. El monto del salario mínimo todavía está pendiente de resolución, de modo que el ingreso final de cada persona dependerá tanto de esa actualización oficial como de su salario contractual, zona laboral, prestaciones y eventual realización de horas extraordinarias.

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