El Gobierno de Jalisco anunció una iniciativa para modificar el Código Penal estatal y sancionar a adultos que faciliten, induzcan o promuevan el uso de máquinas tragamonedas por parte de niñas, niños y adolescentes. La medida, impulsada por el gobernador Pablo Lemus Navarro, busca cerrar espacios donde menores acceden a juegos de azar en comercios locales y colonias.
Alcance de la reforma propuesta
La propuesta se centra en agregar conductas específicas al artículo 142-A del Código Penal. Según el anuncio, se castigará a quien facilite el acceso de menores a dispositivos mecánicos de azar, motive su participación o promueva estas actividades. La sanción recaería sobre propietarios, encargados u operadores de establecimientos, no sobre los propios menores.
El Ejecutivo estatal considera que la temprana exposición a apuestas puede derivar en ludopatía y otros riesgos para el desarrollo infantil. La iniciativa también incluye campañas de prevención dirigidas a familias y comunidades para sensibilizar sobre estos efectos.

Definición legal del azar y sus implicaciones
Uno de los puntos clave es incorporar una definición precisa de “azar” en la legislación. Esta precisión busca evitar interpretaciones divergentes entre autoridades, ministerios públicos y jueces durante investigaciones o procesos judiciales. La definición permitiría identificar qué dispositivos o actividades quedan comprendidos más allá de un modelo específico de tragamonedas.
Marco legal vigente y cambios esperados
Actualmente el artículo 142-A castiga distintas formas de corrupción de menores, como inducir a mendicidad, consumo de alcohol o drogas, iniciación sexual o comisión de delitos. Las penas van de tres a seis años de prisión más multas, y pueden agravarse en casos de violencia o cuando la víctima tiene menos de 12 años. La reforma pretende sumar los juegos de azar a este catálogo y eventualmente endurecer las sanciones, aunque aún no se ha especificado la pena definitiva.
Proceso legislativo y tiempos
La iniciativa será enviada al Congreso de Jalisco para su análisis en comisiones, posible modificación, votación en el pleno y publicación en el Periódico Oficial del Estado. Hasta que concluya este trámite no se conocerá la redacción final ni la fecha exacta de entrada en vigor. El gobernador solicitó a las diputadas y diputados respaldar la propuesta, sin fijar plazos concretos.
Responsabilidad de comercios y operativos previos
La simple existencia de máquinas en tiendas no generará responsabilidad penal automática. Será necesario acreditar que una persona adulta facilitó o promovió el uso por parte de un menor. El texto definitivo deberá precisar qué pruebas se requerirán, quién podrá denunciar y qué autoridad investigará. En Jalisco ya se han realizado operativos contra equipos instalados fuera de la regulación federal, algunos vinculados a comercios de colonias.
Competencia federal y estatal
La regulación de juegos con apuestas corresponde al ámbito federal, por lo que la reforma estatal se limita a la protección de menores y la corrupción de la niñez, materias que sí pueden abordarse mediante el Código Penal local. Esta distinción permite que Jalisco avance en la tutela de derechos de la infancia sin invadir competencias nacionales.
La propuesta representa un esfuerzo por actualizar la legislación ante la presencia visible de estas máquinas en espacios cotidianos. Su efectividad dependerá de la claridad con que se definan las conductas punibles y de la coordinación entre autoridades estatales y municipales durante la aplicación de la norma una vez aprobada.
