Impuestos a herencias: el choque en México y lecciones globales

La ministra Lenia Batres planteó que los recursos de las Afores de trabajadores fallecidos deberían pagar ISR al transferirse a los beneficiarios, equiparándolos con herencias. Esta intervención reabrió un tema que México ha mantenido exento desde hace décadas y que divide a la OCDE entre países que gravan y los que no.

Los tres puntos de inflexión que encendieron la polémica

El primer ancla fue la sesión de la Suprema Corte donde Batres defendió que el ingreso por Afore no se genera con trabajo propio y, por tanto, debe tributar. El segundo llegó con la respuesta inmediata de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien descartó cualquier iniciativa gubernamental para crear impuestos sobre herencias. El tercero fue la reacción de la Asociación Nacional de Magistrados, que recordó que los ahorros de retiro forman parte del patrimonio construido durante la vida laboral.

Estos tres momentos convirtieron una discusión técnica sobre criterios judiciales en un debate público sobre equidad fiscal y protección familiar.

Por qué gravar las Afores no equivale a gravar herencias

Una distinción clave suele pasarse por alto: los recursos de las Afores provienen de aportaciones obligatorias y rendimientos generados durante décadas de trabajo formal. A diferencia de una herencia tradicional, que puede incluir bienes acumulados por generaciones, el ahorro para el retiro ya fue objeto de retenciones y contribuciones durante la vida activa del titular. Aplicar ISR adicional en el momento de la entrega a los beneficiarios equivaldría a una doble tributación sobre el mismo flujo de ingresos laborales.

Esta diferencia explica la resistencia de jueces y legisladores: modificar el tratamiento fiscal de las Afores afectaría directamente a millones de familias que dependen de esos recursos como única protección ante la pérdida del sostén económico.

Lo que revela la experiencia de los países que eliminaron el impuesto

Australia suprimió el gravamen en 1979, Nueva Zelanda en 1992, Suecia en 2004, Noruega en 2014 y Austria en 2008. En cada caso, las autoridades citaron costos administrativos elevados, dificultades para valorar activos ilíquidos y la percepción de que la riqueza ya había tributado en vida. México comparte con estos países la ausencia de un impuesto a las sucesiones, pero también comparte desafíos similares: un mercado inmobiliario fragmentado y altos índices de informalidad que complicarían cualquier intento de valuación precisa.

El argumento de que las herencias ya fueron gravadas durante la vida del propietario tiene peso en economías con alta formalidad, pero pierde fuerza cuando gran parte de la riqueza se genera fuera del sistema tributario formal, como ocurre en México.

Perspectivas enfrentadas entre actores clave

Desde el Poder Judicial, la postura es de cautela: los magistrados advierten que los ahorros de retiro tienen una finalidad protectora y no pueden equipararse con donaciones o legados voluntarios. En el Ejecutivo, la presidenta ha sido clara al separar la agenda gubernamental de cualquier iniciativa que toque las herencias. En el Legislativo, el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados ha confirmado que no existe proyecto alguno en trámite.

Del lado de los trabajadores y sus familias, la preocupación es inmediata: cualquier gravamen reduciría los montos disponibles para cubrir gastos funerarios, deudas pendientes o el sostenimiento de dependientes económicos. Las administradoras de fondos para el retiro, por su parte, enfrentarían mayor complejidad operativa si se establecen retenciones en el momento de la entrega de recursos.

Riesgos de una reforma apresurada y escenarios probables

Introducir un impuesto sobre herencias o modificar el régimen de las Afores sin una base de datos patrimonial confiable generaría litigios masivos y costos de fiscalización que podrían superar la recaudación esperada. Otro riesgo es el desplazamiento de capitales hacia instrumentos financieros menos transparentes, reduciendo aún más la base gravable formal.

A futuro, el debate probablemente se mantendrá en el plano judicial mientras no exista una iniciativa presidencial o legislativa formal. La tendencia internacional muestra que los países que conservan el impuesto suelen aplicarlo con tasas progresivas y exenciones amplias para cónyuges e hijos directos, pero México carece de la infraestructura administrativa necesaria para replicar esos modelos sin generar distorsiones significativas.

La discusión abierta por Batres obliga a precisar límites entre lo que constituye ingreso derivado del trabajo y lo que representa simple transmisión de patrimonio ya formado, una distinción que seguirá marcando cualquier intento de reforma en los próximos años.

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