La reforma pensional comenzará a regir el 1 de abril de 2027 y mantendrá aportes al Fondo de Solidaridad Pensional para jubilados con mesadas superiores a diez salarios mínimos. También elevará la contribución de algunos trabajadores que coticen desde cuatro salarios mínimos y no estén cubiertos por el régimen de transición. La fecha fue aplazada frente al calendario inicial, que contemplaba la entrada en vigor el 1 de julio de 2025.

El nuevo punto de partida llega después de que la Corte Constitucional dejó en firme el 90% del articulado de la Ley 2381 de 2024. La implementación había quedado detenida antes de julio de 2025, pero el sistema ahora tiene como fecha de inicio abril de 2027. Desde entonces, coexistirán dos cambios distintos: el aporte solidario de pensionados con ingresos altos y la nueva escala aplicable a determinados cotizantes.
Para quienes ya reciben pensión, la ley prevé un aporte del 1% cuando la mesada sea superior a diez salarios mínimos, cifra que actualmente se ubica en $35.001.900 sin auxilio de transporte, y hasta 20 salarios mínimos, señalados en $52.527.150. Quienes superen ese segundo umbral aportarán el 2%. Las mesadas de hasta diez salarios mínimos no estarán sujetas a este cobro específico por el valor de la pensión.
Los recursos se dirigirán a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, destinada a financiar mecanismos de protección para adultos mayores de menores ingresos y en condición de vulnerabilidad. El aporte no fue creado desde cero por la reforma: la Ley 100 ya contemplaba contribuciones para pensionados que superaran ciertos umbrales. La Ley 2381 los incorpora a la estructura del nuevo sistema y conserva una lógica progresiva según el valor de la mesada.
En el caso de los trabajadores, el ajuste no será general. La escala aumentará para quienes coticen sobre bases desde cuatro salarios mínimos y queden por fuera del régimen de transición. Permanecerán cobijadas por esa transición las mujeres que tengan al menos 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas cuando entre en vigor la reforma. Quienes cumplan esas condiciones no asumirán el incremento asociado con la nueva escala.
Un análisis de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá, estimó que, con los valores de 2026, el alza mensual iría desde cerca de $35.000 hasta unos $437.700. Una persona que cotice sobre cuatro salarios mínimos, equivalentes a $7.003.620, pasaría de aportar 1% a 1,5% al fondo. En el extremo citado, quien cotice sobre 25 salarios mínimos, equivalentes a $43.772.625, subiría de 2% a 3%.
La reforma separa ese aporte solidario del reparto de la cotización entre regímenes. Para los trabajadores no amparados por la transición, la cotización hasta 2,3 salarios mínimos irá a Colpensiones y el excedente será administrado por una entidad privada autorizada. Con el salario mínimo de 2026, ese límite equivale a $4.027.082. El Fondo de Solidaridad Pensional, creado por el artículo 25 de la Ley 100 de 1993, también subsidia aportes de trabajadores de bajos ingresos y respalda a sectores que requieren protección especial.
