Las agencias impugnan la licitación estatal de viajes por casi 605 millones

Madrid, 4 sep (EFE).- Las organizaciones empresariales UNAV-FETAVE y Gebta han presentado recursos contra el nuevo contrato destinado a gestionar los viajes de la Administración General del Estado y de los ministerios, una licitación con un valor próximo a los 605 millones de euros. Ambas patronales han acudido al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) para cuestionar distintos elementos de los pliegos que regularán la contratación.

La impugnación sitúa de nuevo bajo escrutinio un mercado especialmente relevante para las agencias de viajes corporativos. La contratación pública concentra un volumen estable de desplazamientos nacionales e internacionales, reservas de alojamiento y otros servicios vinculados a la actividad administrativa, por lo que las condiciones fijadas en el concurso pueden influir tanto en la concurrencia empresarial como en la viabilidad económica de las ofertas.

UNAV-FETAVE sostiene que su recurso responde a la responsabilidad de representar al sector y de defender requisitos que considera esenciales para la actividad profesional. La principal objeción se centra en la habilitación empresarial exigible a quienes aspiren a prestar servicios propios de una agencia de viajes. Según la organización, este requisito debe quedar expresamente definido en la documentación contractual y vinculado de forma clara a la normativa sectorial que lo sustenta.

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La exigencia de una habilitación explícita

Para UNAV-FETAVE, una licitación cuyo objeto consiste precisamente en contratar servicios de agencia de viajes debe identificar sin ambigüedades la habilitación necesaria para desarrollar esa actividad. La patronal reclama una redacción más precisa de los apartados de los pliegos relacionados con esta cuestión, al entender que la falta de concreción puede generar dudas sobre qué operadores cumplen los requisitos profesionales y regulatorios aplicables.

La asociación rechaza que esa petición suponga una restricción de la competencia. Su argumento es el contrario: todos los licitadores deberían competir bajo las mismas obligaciones sectoriales, de modo que el precio ofertado no se convierta en el único factor decisivo a costa de rebajar o interpretar de forma desigual las condiciones de acceso. La claridad en la habilitación, sostiene, también tendría efectos más allá de este expediente, al evitar que ciertas prácticas se consoliden en posteriores concursos públicos.

El planteamiento remite a una tensión habitual en la contratación pública de servicios complejos. Las administraciones buscan ampliar la concurrencia y obtener condiciones económicas competitivas, mientras que los representantes sectoriales reclaman que los criterios de participación reflejen las obligaciones específicas de una actividad intermediaria sometida a regulación. La resolución del TACRC deberá determinar si los pliegos ofrecen el grado de definición legal suficiente o si procede modificar alguno de sus términos.

Gebta cuestiona costes, descuentos y prestaciones

Gebta, que representa a agencias especializadas en viajes corporativos y asegura agrupar compañías cuyas ventas superan el 85 % del total de este segmento, ha formulado un recurso con un alcance más amplio. La entidad considera que el contrato contiene “múltiples y gravísimas” infracciones legales y apunta, entre otras cuestiones, a la falta de justificación de la estructura de costes prevista para la prestación del servicio.

La patronal también cuestiona la exigencia de descuentos lineales sobre las tarifas aéreas, que califica de ilegal. El reproche se inscribe en un aspecto central de este tipo de licitaciones: la traslación de la estructura real de precios del transporte a un contrato público. Las tarifas aéreas cambian según rutas, fechas, disponibilidad y condiciones comerciales, por lo que la aplicación de rebajas uniformes puede resultar difícil de encajar con el funcionamiento efectivo del mercado, según la posición defendida por Gebta.

Además, la organización sostiene que determinadas prestaciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas son operativamente imposibles de cumplir. A su juicio, algunas exigencias chocan con las prácticas habituales del transporte y otras exceden las funciones razonables de un intermediario turístico. Esta distinción es relevante porque una agencia organiza, reserva y asiste en la gestión del viaje, pero no controla directamente las decisiones de aerolíneas, hoteles u otros proveedores finales.

Reparos sobre datos, seguros y reglas internacionales

Gebta extiende sus objeciones a cláusulas que, según afirma, podrían vulnerar normas imperativas ajenas estrictamente a la contratación pública. Entre ellas menciona la legislación de protección de datos, la regulación del mercado de seguros y el Reglamento de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA). La entidad no cuestiona solo la configuración económica del concurso, sino también la compatibilidad de algunas obligaciones con marcos normativos que afectan a la operativa diaria de las agencias.

El recurso no implica por sí mismo que el contrato quede anulado ni anticipa el sentido de la decisión administrativa. Corresponde al TACRC examinar los argumentos presentados, la documentación de la licitación y las alegaciones que puedan formular las partes afectadas. El tribunal podrá desestimar las impugnaciones o estimarlas total o parcialmente, lo que podría obligar a corregir los pliegos antes de que el procedimiento siga adelante.

Un antecedente sin ofertas en 2025

La controversia tiene un precedente reciente. Gebta recuerda que en 2025 ya recurrió el Acuerdo Marco para la contratación de servicios de agencias de viajes al considerar que vulneraba la normativa vigente y los principios de libertad de empresa y competencia. Aquel recurso no llegó a resolverse porque el concurso quedó desierto después de que ninguna agencia presentara una oferta.

Ese desenlace añade presión sobre la nueva licitación. Un contrato de gran volumen necesita reglas que permitan a la Administración garantizar la continuidad de los desplazamientos oficiales, pero también condiciones que las empresas consideren asumibles desde el punto de vista económico, operativo y normativo. La ausencia de ofertas en un procedimiento anterior muestra que la publicación de un concurso no garantiza por sí sola una competencia efectiva si los potenciales adjudicatarios detectan riesgos que no pueden trasladar a sus propuestas.

La decisión del TACRC será, por tanto, determinante para conocer si la Administración mantiene el diseño actual del contrato o introduce ajustes. Mientras UNAV-FETAVE pone el foco en la definición de la habilitación profesional, Gebta cuestiona varios elementos de la arquitectura jurídica y económica del expediente. El resultado condicionará el calendario de una contratación clave para los viajes de la Administración General del Estado y servirá como referencia para futuros concursos del sector.

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