Prestar dinero a un familiar o amigo no implica una multa automática, pero sí puede activar obligaciones fiscales si el monto alcanza 600 mil pesos o más en el año. En ese umbral, el SAT exige informar la operación; omitirlo puede derivar en sanciones de hasta 35 mil pesos y en una revisión sobre el origen de los recursos.

La clave no es el préstamo en sí, sino su documentación. La autoridad fiscal pide presentar el aviso correspondiente mediante la Forma 86-A cuando se trata de ingresos extraordinarios como préstamos, donativos o premios. Si el contribuyente acredita el origen del dinero y cumple con el aviso, la operación no paga impuestos; si no, el SAT puede tratarla como ingreso no declarado.
