Decreto RNT divide al turismo colombiano

La propuesta de modificar el Registro Nacional de Turismo mediante un nuevo decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo surge en un momento en que Colombia ha experimentado una expansión sostenida de la oferta de alojamiento no tradicional. Desde la promulgación de la Ley 2068 de 2020, el país estableció un marco que buscaba formalizar actividades turísticas sin distinguir de manera explícita entre hoteles y viviendas particulares ofrecidas a través de plataformas. Esa norma otorgó al RNT un carácter obligatorio, pero dejó en manos de reglamentos posteriores la definición de los procedimientos de verificación y control.

Durante los años siguientes, el número de registros creció de manera acelerada. Datos del propio sistema indican que entre 2020 y 2025 el RNT aumentó más de 109 por ciento, impulsado principalmente por propietarios individuales que encontraron en las plataformas digitales una vía de ingreso complementario. Este crecimiento coincidió con la recuperación del turismo internacional tras la pandemia y con el aumento del 6,7 por ciento en la llegada de visitantes no residentes registrado en marzo de 2026.

Orígenes de la tensión regulatoria

El borrador actual no aparece de forma aislada. Desde finales de 2024, el Ministerio sostuvo más de diez mesas técnicas con gremios, plataformas y emprendedores. Sin embargo, las organizaciones que hoy cuestionan el texto sostienen que sus observaciones sobre la proporcionalidad de las cargas no fueron incorporadas. En contraste, Cotelco y el Consejo Turístico Colombiano interpretan la publicación del decreto como el cumplimiento de una demanda histórica orientada a evitar que el registro se convierta en un trámite meramente formal.

La diferencia de percepciones refleja dos lecturas distintas de la Ley 2068. Para unos, la norma ya define los requisitos mínimos y cualquier exigencia adicional debe provenir de una reforma legal, no de un decreto. Para otros, el reglamento puede precisar mecanismos de verificación sin alterar la naturaleza jurídica de los prestadores, siempre que se limite a operacionalizar lo ya dispuesto por el legislador.

Repercusiones sobre el empleo y la economía digital

El impacto económico de las plataformas de alojamiento en 2024 superó los 10,6 billones de pesos y sostuvo más de 215.000 empleos directos e indirectos. El gasto de los viajeros que utilizaron estos canales dejó además 2,8 billones en restaurantes, 2,1 billones en entretenimiento y cerca de 2 billones en comercio local. Estas cifras ilustran cómo la actividad de las viviendas turísticas se conecta con cadenas de valor más amplias que trascienden el simple hospedaje.

Si el decreto impone requisitos documentales equivalentes a los de la hotelería tradicional sin considerar las diferencias de escala y operación, una parte significativa de los pequeños oferentes podría abandonar el mercado formal. El efecto inmediato sería una reducción del inventario disponible en zonas donde los hoteles convencionales no llegan, lo que encarecería los precios para el turista de presupuesto medio y reduciría el flujo de visitantes hacia comunidades rurales o intermedias.

Desplazamiento de funciones estatales y estabilidad jurídica

Las organizaciones críticas advierten que el texto traslada a las cámaras de comercio tareas de inspección y vigilancia que la Constitución reserva a autoridades públicas. La creación de un sistema de interoperabilidad sin definir su financiamiento ni sus protocolos de funcionamiento añade incertidumbre operativa. En la práctica, cualquier retraso en la activación de ese sistema podría paralizar renovaciones de registro y generar un cuello de botella en plena temporada alta.

Este precedente resulta relevante más allá del sector turístico. Si un ministerio puede, mediante decreto, asignar funciones de control a entidades privadas sin respaldo legal expreso, se abre la puerta a que otras áreas de la economía digital enfrenten esquemas similares. La discusión sobre el alcance de la potestad reglamentaria adquiere así una dimensión institucional que afecta la predictibilidad de las reglas del juego para emprendedores de cualquier tamaño.

Perspectivas de formalización y competencia sectorial

El argumento de Cotelco de que muchos prestadores operan con registros inexistentes o sin cumplir normas de seguridad y tributación es difícil de desestimar. La verificación efectiva de requisitos existentes en la ley puede elevar los estándares de calidad y reducir la competencia desleal. Sin embargo, el mecanismo elegido para lograr esa verificación determina si el resultado será una formalización inclusiva o una concentración del mercado en favor de los actores con mayor capacidad administrativa.

La experiencia de otros países latinoamericanos muestra que regulaciones que ignoran las características propias de la economía de plataformas suelen generar dos efectos simultáneos: una migración hacia la informalidad de los oferentes más pequeños y un fortalecimiento de las grandes cadenas hoteleras que ya cumplen estándares elevados. Colombia podría repetir ese patrón si el decreto se mantiene sin ajustes.

Escenarios de evolución regulatoria

Con el cambio de gobierno a pocas semanas, el decreto enfrenta un riesgo adicional de inestabilidad. Una administración entrante podría modificar o retirar el texto, lo que prolongaría la incertidumbre. Alternativamente, si el decreto avanza en su forma actual, el sector enfrentará un período de adaptación costoso que podría medirse en la pérdida de miles de registros activos y en la reducción del dinamismo que ha caracterizado al alojamiento digital en los últimos años.

El desenlace dependerá de la capacidad de los actores para construir un espacio de diálogo efectivo antes de que el texto quede en firme. La historia reciente de la regulación turística en Colombia indica que los decretos que no incorporan las observaciones técnicas de quienes operan el modelo tienden a generar litigios y a retrasar la formalización que todos dicen perseguir.

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